TEPJF revoca fallo local y restituye la candidatura de Zelandia Bórquez como magistrada en San Luis Potosí

TEPJF revoca fallo local y restituye la candidatura de Zelandia Bórquez como magistrada en San Luis Potosí

San Luis Potosí.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió a favor de Zelandia Bórquez Estrada, quien había sido declarada inelegible por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí para ocupar una magistratura en el Tribunal de Disciplina del Poder Judicial.

El caso se originó después de la elección extraordinaria de personas juzgadoras celebrada el 1 de junio, en la que Bórquez obtuvo la mayoría de votos. Sin embargo, el tribunal local consideró que incumplía con el requisito de separación de su anterior cargo como consejera electoral, al no haber transcurrido dos años desde la conclusión de sus funciones en el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana.

Tras la impugnación presentada, la Sala Superior determinó que la interpretación del artículo 116 constitucional realizada por el tribunal local fue restrictiva y contraria al principio pro persona, pues la reforma que estableció la elección popular de magistraturas no estaba vigente mientras Bórquez se desempeñaba como consejera. Por lo tanto, no se le podía aplicar retroactivamente esa restricción.

El fallo establece que la exconsejera no participó en la organización del proceso electoral judicial y que su separación del cargo ocurrió antes de la entrada en vigor de la reforma que dio origen al nuevo sistema de elección de magistraturas. Bajo esa lógica, el TEPJF concluyó que no existía impedimento legal para que asumiera el cargo.

La resolución ordena al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí entregar la constancia de mayoría y validez a Zelandia Bórquez Estrada y revoca las modificaciones hechas en la asignación de magistraturas.

Con este fallo, el máximo tribunal electoral del país sienta un precedente en la interpretación de las restricciones constitucionales aplicables a exconsejeros electorales, y abre la puerta a que más perfiles provenientes de organismos locales puedan contender en procesos de elección judicial bajo un criterio más garantista.

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